Las emergencias ambientales podrán serán atendidas de manera oportuna, articulada y eficiente a fin de evitar afectaciones a la calidad ambiental y la integridad de las personas en todo el país.
Esto será posible a través del Reglamento de la Ley N° 32106, Ley de Declaratoria de Emergencia Ambiental, que establece un nuevo marco normativo para atender este tipo de eventos críticos. El dispositivo introduce procedimientos más ágiles y eficaces para declarar una emergencia ambiental.
"Con este reglamento el Perú transita hacia una gestión ambiental preventiva, eficiente y centrada en la protección de las personas. Permitirá actuar con mayor rapidez, establecer responsabilidades y asegurar que ningún evento súbito y significativo que afecte el ambiente y las personas quede desatendido”, señaló Gari Pascual, director general de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (Minam).
El artículo 6 del reglamento establece que la Declaración de Emergencia Ambienta (DEA) es un mecanismo a través del cual se materializa, en un ámbito geográfico determinado, la intervención coordinada y articulada de los diferentes niveles de gobierno y actores privados vinculados como consecuencia de un evento súbito y significativo que afecta la calidad ambiental o los ecosistemas, que puede generar un riesgo para la salud de las personas.
Asimismo, aclara que no constituye una DEA aquel evento recurrente o que no sea súbito o que se encuentre regulado en el marco jurídico de normativas específicas como los estados de emergencia por desastres naturales o peligro inminente. Tampoco son considerados una DEA los estados de emergencia sanitaria; las emergencias por gestión y manejo de los residuos sólidos; los incendios en general o forestales; las declaratorias de emergencia hídrica; entre otros eventos.
El artículo 12 del dispositivo legal indica que cualquier persona natural o jurídica puede presentar al Minam una solicitud de DEA, mediante una ficha de solicitud, la cual contiene obligatoriamente la siguiente información: descripción del evento, componente ambiental posiblemente afectado (aire, agua, suelo, flora o fauna, entre otros), y ubicación geográfica del evento (centro poblado, distrito, provincia, departamento, entre otros).