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Perú lanza medidas para operativizar gestión de calidad del airePoder Ejecutivo emite decreto supremo con importantes lineamientos
05 Sep 2025 | 10:00 h

Perú lanza medidas para operativizar gestión de calidad del aire

El Ejecutivo dispuso medidas para operativizar la gestión de la calidad del aire en el Perú, las mismas que incluyen la ampliación de plazo para que las entidades públicas que monitorean dicho tema, puedan efectuar la acreditación de sus laboratorios o servicios de evaluación.

Estas aparecen en el decreto supremo 017-2025-MINAM, publicado en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

Las mismas se enmarcan en el Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad Ambiental del Aire (DS 010-2019-MINAM) y en los Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas de las actividades de generación termoeléctrica, establecidos por el decreto supremo 030-2021-MINAM.

La norma fija un nuevo plazo –fijado en tres años- para que las entidades públicas que realizan acciones de monitoreo de calidad ambiental del aire y que no cuenten con métodos acreditados para ello, cuenten con la acreditación correspondiente para los laboratorios o servicios de evaluación respectivas.

En el decreto supremo publicado se deroga la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 030-2021-MINAM, que aprueba Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas de las actividades de generación termoeléctrica.

En dicha disposición se establecía la obligación de presentar ante la autoridad ambiental competente, en un plazo máximo de seis meses, la modificación o actualización del instrumento de gestión ambiental, en caso se requiera la implementación de nuevos componentes o instalaciones, o la modificación de los existentes.