Con la promulgación del Decreto Supremo Nº 009-2025-EM que aprueba el reglamento de la Ley N° 32213, ahora, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) supervisará la actividad de la pequeña minería y minería artesanal. Asimismo, implementará el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA). En pocas palabras, con esta norma se busca la formalización de la minería mediante la Dirección General de Formalización Minera (DGFM)., Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA) ,Mediante este sistema se integrarán datos con imágenes satelitales de vigilancia ambiental, lo que facilitará la detección de actividades sospechas. De acuerdo con el decreto, estas medidas buscan fortalecer la legalidad de la minería desde su procesamiento hasta su comercialización. ,Dentro de las principales disposiciones se establece que el plazo de vigencia culmina el 30 de junio de 2025, con la posibilidad que se prorrogue hasta 31 de diciembre de 2025.,Del mismo modo, la Dirección General de Formalización Minera del MINEM (DGFM) se encargará de la depuración gradual de los REINFO, eliminando aquellos que son utilizados con otras intenciones. Inicialmente, se comenzó con la depuración de los REINFO en los 3 distritos de Pataz.,Sobre el "Reinfo hereditario",Es importante señalar que la minería, principalmente, es una actividad familiar. Por ende, si un minero que está en proceso de formalización fallece, es necesario permitir a sus herederos que continúen con el proceso.,Esta dichosa transferencia no es una novedad dentro del marco de la ley. Hasta el momento, se encuentra regulada en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 018-2017-EM, y, a su vez, se sustenta en la jurisprudencia del Consejo de Minería.