El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley del Cuerpo de Guardaparques del Perú (Ley 31991), que ampara los derechos de los 900 guardaparques del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp).
La medida es un reconocimiento a estos valientes agentes, quienes dedican su esfuerzo a la protección de nuestro patrimonio natural y aportan al desarrollo sostenible de las poblaciones que viven en estos ecosistemas.
Con la implementación, se fomentará la profesionalización de dicho personal, además de reconocer la esforzada y eficiente labor que desempeñan en las 77 áreas naturales protegidas (ANP) que existen en nuestro país.
El ministro del Ambiente, Juan Carlos Castro, destacó la eficiente labor de este personal del Sernanp en las acciones de vigilancia y control de las ANP y, especialmente, en la mitigación de los incendios forestales como los ocurridos dentro y cerca de estos ecosistemas distribuidos en distintas regiones del país.
“Estamos con los héroes que protegen la naturaleza en cada área natural protegida, quienes acudieron al llamado ante los incendios forestales que hemos podido controlar, gracias a que ustedes respondieron con integridad”, aseveró.
El Reglamento de la Ley del Cuerpo de Guardaparques del Perú, de obligatorio cumplimiento a escala nacional, prioriza la profesionalización de la labor que cumplen como actores estratégicos en la protección de la diversidad biológica y cultural del país.
Esta norma enfatiza en el fortalecimiento permanente de las capacidades y conocimientos de los guardaparques para acceder, en igualdad de oportunidades, a una mejora profesional y remunerativa. También establece el principio de igualdad que permitirá garantizar el desarrollo del personal sin distinción de ninguna clase.
Asimismo, fortalece el reconocimiento de las costumbres y prácticas ancestrales de los guardaparques que pertenecen a pueblos indígenas, e incluye conceptos remunerativos.