¿Tu gratificación está bien calculada? Cinco puntos que deberías revisar

Aprender cómo calcular la gratificación permite verificar si el depósito recibido es correcto. Estos son los errores más comunes que afectan el monto final.

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Conocer cómo calcularla permite detectar diferencias y reclamar correcciones si es necesario. Fuente: Envato.

Cada julio, miles de trabajadores revisan el depósito de su gratificación sin tener claro si el monto recibido es el correcto. Saber cómo calcular la gratificación permite identificar posibles diferencias y conocer cuándo corresponde reclamar una corrección.

Aunque el pago debe realizarse hasta el 15 de julio para los trabajadores del régimen laboral privado, todavía existen dudas frecuentes relacionadas con las vacaciones, la bonificación extraordinaria, las comisiones o los casos de quienes dejaron de laborar antes de esa fecha.

¿Cómo calcular la gratificación? Conceptos que sí deben incluirse

Antes de asumir que el monto recibido es correcto, resulta recomendable revisar la remuneración computable, la bonificación extraordinaria y las condiciones particulares del vínculo laboral. A continuación, resolvemos algunas de las principales dudas referentes al pago de la gratificación.

1. ¿Las vacaciones quitan el derecho?

Una confusión habitual ocurre cuando el trabajador estuvo de vacaciones durante el período que sirve para calcular este beneficio. Es importante recalcar que el descanso vacacional no elimina ni reduce el derecho a recibir la gratificación, siempre que la relación laboral continúe vigente durante el semestre correspondiente.

2. Considerar solo el sueldo básico

Otro de los errores más frecuentes consiste en pensar que la gratificación equivale únicamente al sueldo básico. Es importante mencionar que puede incorporar otros conceptos remunerativos, como la asignación familiar y otros ingresos variables —por ejemplo, comisiones, horas extras o bonificaciones—, siempre que cumplan con los requisitos de regularidad.

3. Bonificación extraordinaria: el monto adicional que muchos olvidan revisar

La gratificación no termina con el depósito principal. La ley establece además una bonificación extraordinaria equivalente al aporte que el empleador deja de realizar a EsSalud.

Por ello:

  • Los trabajadores afiliados a EsSalud reciben un adicional equivalente al 9%.
  • Quienes pertenecen a una EPS reciben una bonificación del 6,75%.

Este beneficio explica por qué el monto final suele ser superior a una remuneración mensual.

4. Gratificación trunca

Quienes dejaron de laborar antes de julio podrían tener derecho a una gratificación trunca, siempre que hayan trabajado al menos un mes calendario completo dentro del semestre correspondiente.

como-calcular-gratiEs importante mencionar que los trabajadores del hogar también deberían recibir una bonificación extra por el servicio. Fuente: Envato.

5. Regímenes especiales: no todos los casos son iguales

Asimismo, existen diferencias según el régimen de la empresa. Por ejemplo, las pequeñas empresas inscritas en el Remype pagan media gratificación, mientras que las microempresas acogidas a ese régimen no generan este beneficio, salvo condiciones más favorables pactadas previamente.

En el caso de quienes perciben una Remuneración Integral Anual (RIA), las gratificaciones ya forman parte de la remuneración anual, por lo que no corresponde un pago adicional durante julio.

Verificar el cálculo ayuda a evitar diferencias en el pago

Un punto adicional que muchas veces es ignorado se refiere a las trabajadoras y trabajadores del hogar, quienes tienen derecho a recibir gratificación conforme a su régimen especial, incluso cuando no exista un contrato escrito, siempre que pueda acreditarse la relación laboral.

Conocer estos aspectos permite identificar posibles errores y ejercer oportunamente los derechos laborales establecidos por la normativa vigente.

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