Los afiliados podrán elegir desde el 14 de diciembre si permanecen en la comisión sobre remuneración o migran a la comisión sobre saldo.

Los afiliados a una AFP que actualmente pagan una comisión sobre remuneración tendrán una nueva oportunidad para decidir si permanecen en este esquema o migran voluntariamente a la comisión sobre saldo. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció que el periodo para ejercer esta elección comenzará el 14 de diciembre de 2026 y terminará el 14 de mayo de 2027.
La decisión forma parte de la reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) establecida por la Ley N.° 32123. Quienes no ejerzan la opción dentro del plazo establecido continuarán bajo el esquema de comisión sobre remuneración.
La comisión sobre remuneración, también conocida como comisión sobre flujo, se calcula sobre la remuneración del afiliado. En cambio, la comisión sobre saldo se aplica sobre los nuevos aportes que generan el saldo afecto. La SBS contempla ambos mecanismos dentro de la evolución del sistema de comisiones del SPP.
Para esta nueva elección, las empresas administradoras de fondos (EAF) deberán presentar una comparación personalizada que incluya las comisiones que pagaría el afiliado, el saldo acumulado que obtendría y la suma de aportes y comisiones descontados de su remuneración bajo cada esquema.
Este es uno de los puntos que los afiliados deberán considerar antes de elegir. Migrar a la comisión sobre saldo no significa que todo el fondo acumulado pase a estar sujeto a este cobro. El fondo que el afiliado haya acumulado hasta el momento en que la migración sea efectiva, junto con la rentabilidad generada por ese fondo, permanecerá como saldo inafecto.
La comisión sobre saldo se aplicará únicamente a los nuevos aportes realizados desde la fecha en que corresponda aplicar el nuevo esquema. Estos nuevos recursos conformarán el denominado saldo afecto.
Cabe resaltar que la migración hacia la comisión sobre saldo no será inmediata. La SBS establece un periodo de transición de siete años, durante el cual se aplicará una comisión mixta.
Una vez concluido el periodo de transición, se aplicará únicamente la comisión sobre saldo, de acuerdo con el procedimiento establecido por la SBS.
Las empresas administradoras deberán ofrecer proyecciones personalizadas sobre las comisiones y saldos acumulados bajo cada esquema. Foto: Envato. El afiliado que actualmente paga una comisión sobre remuneración no está obligado a migrar. Si no ejerce su derecho de elección entre el 14 de diciembre de 2026 y el 14 de mayo de 2027, permanecerá en el esquema de comisión sobre remuneración.
Sin embargo, la SBS precisa que, si el afiliado opta por migrar a la comisión sobre saldo, posteriormente no podrá retornar al esquema de comisión sobre remuneración.
Las empresas administradoras deberán implementar una estrategia de comunicación, información y orientación para explicar las características de cada esquema y sus efectos. Asimismo, tendrán que poner a disposición del afiliado una proyección personalizada que permita comparar, entre otros aspectos:
Con esta información, los afiliados podrán evaluar las alternativas antes de ejercer su elección dentro del plazo establecido por la SBS.
La elección de la comisión no es el único cambio previsto para los afiliados al sistema previsional. Desde el 1 de junio de 2027, también se podrán solicitar traslados entre la ONP y una AFP mediante una plataforma digital única. ¿Quiénes podrán hacerlo, cómo será el trámite y qué condiciones establece el nuevo reglamento?

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