Manipulación de insumos será fiscalizada por autoridades.Documento establece una serie de obligaciones y multas que alcanzan los 30 mil UIT para infractores
El Ministerio del Ambiente del Perú aprobó el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas, que establece parámetros para la clasificación, manejo y cuidado de dichos elementos, en función al efecto que estas pueden tener en la salud de la población y el ecosistema.
La norma establece que la adquisición de sustancias químicas sin etiquetar —y que no cuenten con etiquetado y la ficha de seguridad— se sanciona con multas de hasta 15.800 Unidades Impositivas Tributarias (UIT); es decir, hasta 86.900.000 soles.
No cumplir con las indicaciones establecidas en las etiquetas y fichas de seguridad, a su vez, es sancionado con hasta 14.300 UIT (78.650.000 soles), al igual que no etiquetar como corresponde los envases de las sustancias químicas.
En tanto, se dispone que se multará hasta con 9.600 UIT (52.800.000 soles) el hecho de no incluir ni implementar las medidas para la reducción y manejo del riesgo para la salud y el ambiente de las sustancias químicas identificadas como carcinógenas, mutagénicas y tóxicas para la reproducción o peligrosas para el ambiente.
Asimismo, se multa con hasta 50 UIT (275.000 soles) por impedir u obstaculizar las acciones de supervisión y fiscalización, y no entregar información sobre la gestión de sustancias químicas que sea requerida durante acciones de supervisión y fiscalización.
El reglamento considera también multas para fabricantes e importadores de sustancias químicas, y para los distribuidores y comercializadores de estas, que van desde 18 UIT (99.000 soles) hasta 30.000 UIT (165.000.000 soles).
Se señala, asimismo, que hay sustancias químicas que están bajo la competencia del Ministerio del Ambiente y del Ministerio de Salud, respectivamente.
Las labores de supervisión, fiscalización y sanción corresponden al OEFA y a las entidades de fiscalización ambiental, las que verifican el cumplimiento de las obligaciones ambientales derivadas de las medidas establecidas para reducir y manejar los riesgos para la salud y el ambiente generadas por estas sustancias químicas.
Este trabajo también comprende la evaluación de riesgos que el manejo de estos productos conlleva para la salud y el ambiente.
Otro aspecto regulado en este texto es el de la gestión de los residuos de sustancias químicas. Esta debe darse en “envases que cumplan con criterios de ecoeficiencia”, y su eliminación se efectúa de acuerdo a los convenios internacionales firmados por el Perú sobre este tema.
Asimismo, se establece la creación del Registro Nacional de Sustancias Químicas, en el que deben incluirse las sustancias peligrosas.
En la misma línea, el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas incorpora un régimen de fiscalización e infracciones, por lo que entidades como el OEFA, Sunafil e Indecopi tendrán competencias para supervisar el cumplimiento de las disposiciones, desde el manejo ambiental hasta el etiquetado y la seguridad laboral.
El nuevo dispositivo señala que entre los casos más severos de incumplimiento, y que acarrean las mayores multas, se incluyen el no presentar evaluaciones de riesgo, incumplir con el etiquetado o adquirir sustancias sin la debida clasificación.
En paralelo, el reglamento introduce medidas de transparencia e información pública, como la creación de inventarios nacionales de sustancias químicas, evaluaciones de riesgo e instalaciones peligrosas. Estos sistemas estarán disponibles progresivamente y permitirán un mayor seguimiento por parte del Estado y la ciudadanía.
Este avance normativo se da en un contexto donde la exposición a sustancias tóxicas sigue siendo un problema estructural. Informes recientes advierten que millones de personas viven en zonas afectadas por contaminación vinculada a actividades extractivas, mientras que la capacidad de respuesta estatal ha sido limitada en cobertura y presupuesto.
El reglamento también incorpora obligaciones para empleadores, como la capacitación a trabajadores en el uso seguro de químicos, el acceso a fichas de datos de seguridad y la provisión de equipos de protección personal. Asimismo, establece lineamientos para la gestión de residuos peligrosos y la respuesta ante emergencias ambientales.
Finalmente, la norma alinea al país con estándares internacionales y forma parte del proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), al adoptar mecanismos similares a los utilizados en otros países para el control de sustancias químicas.
La implementación será progresiva y contempla periodos de adecuación para los distintos sectores involucrados, con nuevas disposiciones específicas que se irán aprobando en los próximos años.
El Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas forma parte del decreto supremo 005-2026-MINAM, emitido desde el Ministerio del Ambiente para reglamentar al decreto legislativo 1570.