

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprueba cambios en las remuneraciones de docentes en universidades públicas, buscando criterios para un pago equitativo.
Las remuneraciones del personal docente en universidades públicas tendrán nuevos criterios tras la disposición aprobada por el MEF. La medida redefine el pago de los docentes universitarios según su categoría, dedicación y horas de enseñanza, con el objetivo de ordenar los montos salariales en el sistema público.
De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 232-2026-EF, los profesores ordinarios recibirán nuevos ingresos mensuales según su categoría y régimen de dedicación. Así, aquellos que ocupen una plaza de docente principal y trabajen a tiempo completo o con dedicación exclusiva percibirán S/9.569,82.
Por su parte, los profesores asociados tendrán una remuneración de S/6.520,50, mientras que los auxiliares recibirán S/5.933 mensuales. Estos importes corresponden a quienes cumplen una jornada completa o tienen dedicación exclusiva.
En el caso del personal docente que trabaja a tiempo parcial, el pago se determinará de manera proporcional a las horas de servicio. Para ello, se utilizará como referencia el ingreso establecido para un profesor de la misma categoría que labore a tiempo completo.
La disposición también contempla nuevos montos para los profesores contratados, quienes estarán distribuidos en dos categorías: tipo A y tipo B. La diferencia entre ambos grupos se refleja en los ingresos asignados a cada jornada laboral.
Los docentes de tipo A recibirán S/6.963 por una carga de 32 horas semanales, S/3.482 por 16 horas y S/1.741 por ocho horas. En cambio, los profesores de tipo B percibirán S/3.246, S/1.623 y S/811,50, respectivamente.
Estos pagos se aplicarán considerando las condiciones previstas en el Decreto Supremo N.º 418-2017-EF, que regula las remuneraciones del personal docente contratado de las universidades públicas.
Para acceder a los importes establecidos, las plazas del personal docente ordinario deberán estar registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF será responsable de actualizar esta información de oficio. Asimismo, los nuevos montos se financiarán con el presupuesto institucional de cada universidad pública, sin solicitar recursos adicionales al Tesoro Público.
Finalmente, el decreto regirá al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y dejará sin efecto los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N.º 164-2024-EF.
La actualización salarial representa un avance en las condiciones laborales de los profesores, pero no es el único aspecto que merece atención. La calidad de la enseñanza universitaria también depende de las oportunidades de crecimiento y los retos profesionales que enfrentan los docentes.