
Son miles las víctimas de robo de smartphones a diario. Foto: Composición
26 Dic 2025 | 17:22 h
Redacción Perú Conectado
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ha formalizado la normativa que regula la baja de servicios móviles y el bloqueo de terminales vinculados a actividades ilícitas. Esta medida técnica busca optimizar la respuesta estatal frente a la inseguridad ciudadana, permitiendo la inhabilitación de dispositivos utilizados en procesos criminales.
A través de la Resolución de Consejo Directivo n° 134-2025-CD/OSIPTEL, el regulador establece que las operadoras deben actuar con celeridad ante requerimientos de la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Poder Judicial, el Ministerio del Interior o el INPE. Con esta disposición, se otorga un marco legal permanente a las suspensiones de servicio que anteriormente se ejecutaban solo bajo estados de emergencia.
El objetivo principal es neutralizar el uso de telecomunicaciones en delitos como extorsión y estafa, siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo n° 018-2025-IN. La norma viabiliza la interrupción del servicio y el bloqueo del hardware (IMEI) de cualquier equipo terminal móvil que las autoridades competentes identifiquen como parte de una red o acto delictivo.
En cuanto al procedimiento operativo, OSIPTEL canalizará las órdenes de las autoridades hacia las operadoras mediante el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg). Una vez recibida la notificación, las empresas disponen de un plazo máximo de un día calendario para ejecutar la baja de la línea o el bloqueo del dispositivo.
La normativa también prevé la reactivación del servicio o el desbloqueo del equipo si la entidad solicitante lo requiere, siempre que el pedido se realice dentro de los 90 días posteriores a la restricción. En estos casos, la operadora deberá restaurar el acceso en un máximo de 24 horas. Asimismo, las empresas tienen la obligación de informar al usuario afectado sobre el motivo de la medida, la entidad solicitante y las vías disponibles para consultas o reclamos.
Finalmente, el incumplimiento de los tiempos de ejecución, la falta de notificación al abonado o la omisión de reportes al Renteseg serán considerados infracciones administrativas. OSIPTEL supervisará el cumplimiento estricto de este protocolo y aplicará sanciones de acuerdo con el régimen vigente para garantizar la efectividad de la medida.
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