El Estado puede expropiar una propiedad privada por necesidad pública o seguridad nacional, pero debe cumplir los requisitos establecidos por ley.
El Estado puede expropiar una propiedad privada por necesidad pública o seguridad nacional, pero debe cumplir los requisitos establecidos por ley. Fuente: Canva

¿El Estado puede quitarte tu casa o terreno? Estos son los casos en que la ley permite expropiar una propiedad

Karla Morales -

La posibilidad de que el Estado pueda adquirir una propiedad privada de manera forzosa puede generar dudas entre propietarios de casas, terrenos y otros inmuebles. En Perú, la expropiación de inmuebles está permitida, pero no puede aplicarse de forma arbitraria ni únicamente por decisión de una entidad pública.

La Constitución establece las condiciones para limitar el derecho de propiedad y el Decreto Legislativo N.° 1192 desarrolla el procedimiento que debe seguirse cuando un inmueble es necesario para una obra de infraestructura u otra finalidad considerada de interés público.

¿Cuándo puede el Estado expropiar una propiedad en Perú?

El artículo 70 de la Constitución establece que la privación del derecho de propiedad solo procede por seguridad nacional o necesidad pública declarada por ley. A su vez, el DL 1192 señala que la expropiación es la transferencia forzosa de una propiedad privada a favor del Estado.

Para que pueda concretarse este procedimiento se requiere:

  • Una causa de seguridad nacional o necesidad pública.
  • Que dicha causa haya sido declarada mediante ley.
  • Una ley expresa del Congreso que autorice la expropiación.
  • Que el inmueble sea requerido para una obra de infraestructura u otra finalidad contemplada por la norma.

La iniciativa puede partir de una entidad del Poder Ejecutivo, un gobierno regional o un gobierno local, según corresponda.

Una propiedad privada no puede ser expropiada únicamente por decisión de una entidad pública.

¿El Estado debe pagar por una propiedad expropiada?

Sí. La transferencia forzosa del inmueble debe estar acompañada por una compensación económica al propietario. El DL 1192 establece que debe realizarse el pago en efectivo de una indemnización justipreciada.

Esta indemnización debe contemplar el valor correspondiente y puede incluir una compensación por el eventual perjuicio ocasionado al propietario como consecuencia de la expropiación.

Por tanto, la expropiación no supone que el Estado pueda quedarse con un inmueble sin reconocer económicamente el derecho de quien resulta afectado.

¿Qué pasa si el inmueble está en un juicio?

El procedimiento contempla un escenario particular cuando la propiedad se encuentra en disputa. Si existe un proceso judicial o arbitral en el que se discute quién es el propietario del inmueble, las personas involucradas pueden formar parte del proceso de expropiación.

El DL 1192 considera como sujetos pasivos a quienes:

  • Figuren en el registro correspondiente.
  • Sean parte del litigio en el que se discute la propiedad.

Si las personas que disputan el inmueble llegan a un acuerdo, puede realizarse la adquisición del bien. Si no existe consenso o alguna otra circunstancia impide concretarla, se aplica el procedimiento regular de expropiación.

¿Quién recibe el dinero si hay una disputa por la propiedad?

Cuando todavía no existe una decisión sobre quién es el legítimo propietario, el Estado debe consignar el valor total de la tasación ante la autoridad judicial o arbitral correspondiente. El dinero no se entrega directamente a ninguna de las partes mientras continúa la disputa. La suma será entregada posteriormente a quien sea reconocido como legítimo propietario mediante la decisión judicial o arbitral. Además, el Estado tiene la obligación de notificar a los ocupantes del inmueble cuando se presenta este escenario.

La legislación peruana establece condiciones específicas para que el Estado pueda adquirir de manera forzosa un inmueble privado.

¿Cuándo no se puede llegar a un acuerdo por el inmueble?

El DL 1192 también establece situaciones en las que no corresponde suscribir acuerdos de adquisición. Entre ellas se encuentran:

  • La existencia de una duplicidad de partida real que no corresponda a una superposición gráfica.
  • Un proceso judicial en el que se discuta la propiedad del inmueble y exista una medida cautelar inscrita.

En conclusión, el Estado sí puede expropiar una propiedad privada, pero esta medida tiene límites. Debe existir una causa de seguridad nacional o necesidad pública declarada por ley, una autorización legal expresa y el pago de la indemnización correspondiente. Cuando existe una disputa sobre la propiedad, el dinero de la tasación queda sujeto a la decisión de la autoridad judicial o arbitral.

Si te interesó esta nota sobre la expropiación de inmuebles en Perú, también puedes conocer más sobre los derechos de los propietarios y las situaciones que pueden afectar una propiedad en Metro Cuadrado.

Contenido de interés